Título XXVI: De la sociedad

1. Una sociedad se constituye para siempre, <es decir>[1], mientras viven los socios, o hasta un tiempo determinado, o a partir de una fecha, o bajo condición. [D XVII.2.1; P XIX.1; B XII.1.1; H III.10.1] 2.i. Una sociedad se constituye sobre todos los bienes, para un tipo de negocio, para ingresos públicas, para una sola cosa [D XVII.2.5 pr.; P XIX.6; B XII.1.5 pr.; H III.10.8] ii. … y entre personas cuyo patrimonio es desigual, pues en general el que es más pobre compensa con su trabajo su carencia de bienes. [D XVII.2.5 § 1; P XIX.6; B XII.1.5 pr.; H III.10.8] 3. Cuando se constituye una sociedad no es preciso pactar nada sobre la renuncia, pues, de acuerdo con la naturaleza de la sociedad, es considerado responsable el que renuncia a destiempo[2]. [D XVII.2.17 §2; P XIX.2; B XII.1.17 § 2; H III.10.2] 4. Si se hace expresamente una sociedad de todos los bienes, la sociedad ingresa las herencias, los legados, las donaciones y todas las ganancias. [D...

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