Capítulo. 8. Las escuelas de trabajo frente a los nuevos planes de estudio de la dictadura primorriverista

Los criterios académicos de la matriculación

Un baremo académico que indica la orientación social y profesional de las escuelas son las condiciones de ingreso. Dentro de esta permisividad contenida en el Libro III del Estatuto de 1928 —que señalaba que la matrícula y los derechos exigidos eran acorde a las decisiones del claustro y del patronato, teniendo siempre en cuenta que las condiciones tenían que ser favorables para los más modestos—, existieron centros que, por la precisión de formar personal obrero ante las exigencias del mercado industrial regional, redujeron la edad de ingreso hasta incluso los diez años para el aprendizaje. Eran instituciones escolares ubicadas en regiones de cierta especialización industrial (en la mecánica, electricidad, naval o siderurgia, textil) que tenían el propósito de dar una instrucción práctica y técnica como oficiales obreros lo más rápido posible a los recién salidos de la enseñanza primaria. De este modo, era lógico estipular la edad de ingreso en el pre-aprendizaje entre los diez y once años y no exigir un examen de ingreso. Para las escuelas que ascendían el límite de edad de matriculación a los trece o catorce años, querían el conocimiento completo de la escuela primaria, aunque ello no era impedimento para dar también cabida a los que no tenían esa edad y no habían cursado la enseñanza primaria; el propósito era instruirlos también para hacer una carrera profesional larga porque los talleres requerían tanto de obreros como de jefes de taller especializados.

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